El Supremo condena a Alcorcón a pagar 20 milllones por la gestión de Natalia de Andrés en 2009 en Emgiasa

– La empresa pública está en concurso de acreedores desde 2012

– Las cuentas de Emgiasa que aprobaron los socialistas NO cumplían con la ley

El Tribunal Supremo declara firme la sentencia que condena, al Ayuntamiento de Alcorcón a devolver a Emgiasa, en liquidación, 15 millones de euros, más los intereses de demoras 5 millones, por el pago de dividendos durante los años 2009 y 2010 que el tribunal ha considerado que son indebidos.

La empresa pública Emgiasa, gestionada por la Administración Concursal, desde el año 2012, será la beneficiaria de la devolución de esos dividendos que Natalia de Andrés, como consejera, aprobó pagar al Ayuntamiento en el 2009 y 2010 sin tener en cuenta la legalidad vigente incluso maquillando las cuentas, para que arrojaran unos beneficios ficticios y poder repartir ese dinero.

“Tenemos que pagar a EMGIASA, más de 20.000.000€ por su mala gestión, por el acuerdo ilegal que adoptó en 2009, pese a maquillar las cuentas del Ayuntamiento con ingresos ficticios de EMGIASA arruinó la ciudad en 2011 y lo volverá a hacer en 2023. A esta sentencia en firme del Supremo, hay que sumar el dinero que llevamos ya gastado en las sentencias de Las Presillas, ó Fuente Cisneros. La alcaldesa que ha arruinado esta ciudad, debería dimitir”, afirma la portavoz popular Ana Gómez.

Extracto literal del Fallo de la Sentencia nº253/2017 del Juzgado de lo Mercantil nº 6 de Madrid, que condena al Ayuntamiento de Alcorcón:

“…2.-  Condenar al Excmo. Ayuntamiento de Alcorcón a reintegrar a la masa activa de EMGIASA, la cantidad de 15.375.000€ más los intereses legales de dicha cantidad desde sus respectivos cobros parciales;

3.- declarar la rescisión e ineficacia del acuerdo de junta general de accionistas de EMGIASA, celebrado el 19.05.2011 de aprobación de reparto de dividendos al accionista único con cargo a beneficio de 2010, por importe total de 15.000.000€ declarando ineficaz el crédito que, por dicho importe y por tal concepto, ostenta el Excmo. Ayuntamiento de Alcorcón, contra la concursada EMGIASA; condenando a las demandadas a estar y pasar por dicha declaración…”

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